Comunicado de la Fundación guifi·net respeto el Real Decreto 14/2019

Guifi·net responde delaten de posibles intervenciones en Internet



                                    Fundació privada per a la Xarxa Oberta, Lliure i Neutral


                                                                                                          

                                                                              Gurb, 12 de noviembre de 2019


Comunicado de la Fundació Guifi·net  frente a posibles intervenciones en Internet


Desde la Fundació Guifi·net , entidad sin ánimo de lucro que trabaja para promover el acceso y la neutralidad en la red de Internet, queremos denunciar, una vez más, la grave situación actual respecto a la neutralidad de Internet en el Estado Español y las nuevas medidas que ponen en peligro el ejercicio de derechos fundamentales como es el derecho de participación en la sociedad digital sin la intromisión de cualquier organismo gubernamental.

El pasado 31 de octubre conocimos la aprobación, de forma urgente y en plena campaña electoral, del Real Decreto 14/2019 por parte del Consejo de Ministros del Gobierno Español. El Real Decreto 14/2019 modifica diferentes artículos de un total de siete leyes estatales(1), entre los cuales destaca el artículo 6 de la Ley General de Telecomunicaciones (Ley 9/2014, de 9 de mayo) que queda redactado de la siguiente manera:

    «El Gobierno, con carácter excepcional y transitorio, podrá acordar la asunción por la Administración General del Estado de la     gestión directa o la intervención de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas en determinados supuestos excepcionales     que puedan afectar al orden público, la seguridad pública y la seguridad nacional. [...] esta facultad [...] podrá afectar a cualquier     infraestructura, recurso asociado o elemento o nivel de la red o del servicio. [...]»

Además, en la exposición de motivos de este Real Decreto, publicado el martes día 5 de noviembre en el Boletín Oficial del Estado, se exponen, entre otros, que:

    «Entre los principales desafíos que las nuevas tecnologías plantean desde el punto de vista de la seguridad pública se encuentran     las actividades de desinformación, las interferencias en los procesos de participación política de la ciudadanía y el espionaje.»

    «Los recientes y graves acontecimientos acaecidos en parte del territorio español han puesto de relieve la necesidad de modificar el     marco legislativo vigente para hacer frente a la situación. [...] cuyo objetivo último sea proteger los derechos y libertades     constitucionalmente reconocidos y garantizar la seguridad pública de todos los ciudadanos».


Desde la Fundació guifi·net consideramos que:

  • Los motivos por los cuales se aprueba este Real Decreto contradicen la propia normativa ya que se argumenta que las nuevas tecnologías se consideran un obstáculo para la seguridad pública y en los procesos de participación política, sin embargo, el Real Decreto posibilita el cierre de páginas web sin orden judicial, hecho ad hoc para coartar las movilizaciones

  • Se vuelven a vulnerar y perseguir directamente derechos fundamentales de la ciudadanía como la libertad de expresión, opinión, manifestación y derechos digitales. Además, se suma la vulneración de la privacidad.

  • Se está atacando la neutralidad ya que intervenir en las redes de telecomunicaciones supone una intromisión por parte de un organismo gubernamental en el contenido que circula. No se está garantizando, por lo tanto, la no discriminación, la diversidad, la posibilidad de innovación y la libertad de acceso y distribución de información.

Por tanto, desde la Fundació Guifi.net rechazamos estas medidas abusivas y reafirmamos nuestro compromiso de seguir trabajando por el fomento de un Internet Abierto, Libre y Neutral como defensa del ejercicio de derechos fundamentales de la ciudadanía.



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1. El artículo 11 del Real Decreto Ley 12/2018, de 7 de septiembre (Ref. BOE-A-2018-12257), arts. 35.1 d), 39.2, 71.2 d), 116.1, 122.2, 202.1 y 215.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-2017-1290), art. 155 y añade art. 46 bis a la Ley 40/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10566). Los arts. 9, 10 y añade la disposición adicional 6 a la Ley 39/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10565). El art. 8.1 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo (Ref. BOE-A-2015-3442), los arts. 4.6, 6, 76.15, 77.28 y 81.1 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo (Ref. BOE-A-2014-4950) y el art. 15.1 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23399).




Comunicado de la Fundación guifi·net delante la censura a Internet en España